Cotización o emisión equivalente al valor nominal del título.
A LA VISTA.
Obligación representada por medio de un efecto o documento exigible al deudor cuando se le presenta.
ABSORCIÓN.
Proceso de integración del activo y pasivo de una sociedad en otra.
ACCIÓN.
Valor mobiliario que representa una parte alícuota del capital de una sociedad anónima, que puede cotizar en bolsa y que otorga a su titular los derechos del accionista, entre otros, derecho a parte de los beneficios, a una cuota de la liquidación en caso de disolución, a voto en las juntas generales y derecho preferente de suscripción de acciones nuevas).
ACCIÓN ANTIGUA.
Acciones que ya estaban cotizando en el mercado al producirse una ampliación de capital por medio de la cual la sociedad emitirá acciones nuevas.
ACCIÓN CON PRIMA.
Acción que se emite por un valor superior al nominal, exigiéndose a los suscriptores un desembolso superior al valor nominal de los títulos.
ACCIÓN COTIZADA.
Acción admitida a la negociación en los mercados organizados de valores.
ACCIÓN DE ORO.
Derechos que se reserva el Estado cuando privatiza una sociedad pública para poder controlar algunas decisiones de la sociedad privatizada. A esta reserva que se hace el Estado es a la que se conoce como Golden Share o Accion de Oro.
ACCIÓN DESEMBOLSADA.
Acción suscrita y cuyo valor nominal ha sido íntegramente ingresado en la caja social. La legislación española en este punto no admite la existencia de la sociedad por el hecho sólo de suscribirse su capital. Es exigible que cada una de las acciones que integran el capital de la sociedad esté, al menos, desembolsado en una cuarta parte.
ACCIÓN LIBERADA.
Acción por la que el accionista no desembolsa nada en suscripción, ya que la emisión se hace con cargo a reservas libres. Se la denomina también acción gratuita.
ACCIÓN NOMINATIVA.
Acción que designa como titular a una persona determinada, siendo ésta su legítimo tenedor.
ACCIÓN NUEVA.
Acciones emitidas en una ampliación de capital.
ACCIÓN ORDINARIA.
Acción que concede los mismos derechos a todos los titulares. Al igual que la acción antigua, es la acción que habitualmente vemos cotizar en los mercados de renta variable.
ACCIÓN PREFERENTE.
Título que es intermedio entre la acción y la obligación y que tiene una retribución fija siempre y cuando el emisor logre obtener unos beneficios mínimos. Recibe también el nombre de obligación participativa.
ACCIÓN SIN VALOR NOMINAL.
Acción que en lugar de convivir con el concepto de efectivo y nominal sólo tiene el valor de efectivo.
ACCIÓN SIN VOTO.
Acción que no pueden ejercer un derecho de voto a cambio de un privilegio económico.
ACCIÓN SUBYACENTE.
Se trata de la acción que se toma como base a la hora de crear un contrato para efectuar la negociación de una opción o futuro.
ACCIONARIADO.
Conjunto de accionistas de una sociedad.
ACCIONISTA.
Titular de una o varias acciones de una sociedad. Su titularidad le confiere el derecho de voto y asistencia Juntas Generales, el cobro de dividendos y cuota de liquidación, el de información y el de suscripción preferente en caso de emisión de nuevas acciones.
ACCIONISTA MAYORITARIO.
Accionista que detenta la mayoría de las acciones con derecho a voto.
ACREEDOR.
El que tiene acción o derecho a pedir el cumplimiento de alguna obligación. Sus derechos se hallan reconocidos, en las cuentas de pasivo del deudor.
ACTIVO.
Conjunto de bienes y derechos pertenecientes a una persona física o jurídica.
ACTIVO DE RENTA FIJA.
Incluyen Bonos, otros títulos de Deuda y Certificados de Depósito del Banco de España (CEBE'S) con vencimiento a más de un año. Generalmente, constituyen un compromiso por parte del emisor de pagar un interés preestablecido y de la devolución del principal al final de la vida del título.
ACTIVO DE RENTA VARIABLE.
Acciones y los Fondos de Renta Variable. Los Activos de Renta Variable conllevan riesgo de pérdida del capital inicial invertido.
ACTIVO FINANCIERO.
Activo que incorpora un crédito y constituye, simultáneamente, una forma de mantener riqueza para sus titulares o poseedores, y un pasivo o deuda para las unidades económicas que lo generan. Son activos financieros típicos: el dinero, los títulos-valores y los depósitos bancarios.
ACTIVO MONETARIO.
Activo de total liquidez, equivalente inmediato a efectivo dinerario.
ACTIVO SUBYACENTE.
Activo, físico o nocional, o índice de activos financieros que es objeto de un contrato de los negociados en el mercado de opciones y futuros.
ADR.
American Depositary Receipt, certificado emitido en EEUU que recoge la titularidad de valores extranjeros. Dichos valores originales quedan depositados en un Banco, y lo que circula a efectos de contratación son los ADR. Cotizan por lo tanto en dólares.
AGENCIA DE CALIFICACIÓN.
Compañía independiente que califica el riesgo de crédito de un emisor. Entidades que califican tanto las empresas como las emisiones que pueden llegar a realizar. Dando una calificación de su solvencia financiera y capacidad para hacer frente a sus obligaciones futuras. Entre las más importantes se encuentran IBCA, Moody´s y Standard & Poors.
AGENCIA DE VALORES Y BOLSA.
Intermediario bursátil autorizado legalmente para operar por cuenta de sus clientes.
AGIOTISTA.
Especulador en bolsa que se caracteriza por realizar maniobras para forzar o deprimir los cambios de acuerdo con sus intereses personales.
AL DESCUENTO.
Término aplicable a aquellos títulos de renta fija cuyo precio de emisión es inferior al valor nominal de los títulos a su vencimiento, siendo la diferencia los rendimientos obtenidos por el inversor. Un exponente lo constituyen las Letras del Tesoro. Reciben también el nombre de "títulos cupón cero".
ALCISTA.
Situación del mercado bursátil en la que se prevé una subida de la cotización, ya sea de títulos, sectores o del mercado en su conjunto.
ALFA.
Medición del riesgo relativo de un valor respecto al riesgo global del mercado.
AMORTIZACIÓN.
Devolución de un capital prestado con arreglo a determinadas condiciones y plazos fijados en las cláusulas de emisión.
AMPLIACIÓN DE CAPITAL.
Acto jurídico por el cual se lleva a cabo un aumento en el capital social de la empresa, bien con la emisión de nuevas acciones o aumentando el valor nominal de las mismas.
ANÁLISIS BURSÁTIL.
Conjunto de técnicas que sirven de base para la adopción de decisiones respecto al mercado de valores. Su objetivo es la formulación de hipótesis sobre el funcionamiento de este mercado o de un determinado valor del mismo. Existen dos posturas. De un lado el análisis técnico que trata de explicar el precio de un valor en base a modelos de comportamiento, mediante la aplicación de la estadística, usando como instrumentos de trabajo, los índices de bolsa, volúmenes de contratación, gráficos, etc. De otro lado el análisis fundamental, que parte del principio de que la cotización de las acciones depende de la realidad económico-financiera de la empresa.
ANOTACIÓN EN CUENTA.
Forma de representación de títulos valores consistente en un registro contable por parte de la entidad emisora en una cuenta corriente perteneciente al poseedor de los títulos, evitando así los soportes físicos.
APALANCAMIENTO FINANCIERO.
Efecto que el endeudamiento origina en la rentabilidad de los capitales propios de una empresa, cuyos resultados pueden incrementarse por encima de lo que se derivaría de sus recursos originarios.
APLICACIÓN.
Operación Bursátil consistente en una compra y venta realizada por un sólo intermediario bursátil sobre un mismo valor, por la misma cantidad de títulos en la misma fecha y a un mismo cambio, por cuenta de dos o varios ordenantes.
APRECIACIÓN.
Incremento de la cotización de una moneda o de un valor.
ARANCEL.
Conjunto de derechos de aduana que existen en vigor en un país determinado y en un momento determinado.
ARBITRAJE.
Proceso de comprar y vender simultáneamente el mismo título o un título equivalente en mercados distintos, generándose ganancias por los diferenciales de precio.
ARRENDAMIENTO FINANCIERO.
Contrato mediante el cual una empresa obtiene determinados bienes o derechos en arrendamiento de una institución financiera que cobra una cuota y ofrece la opción de compra por el valor residual del activo al vencimiento del contrato, dada la naturaleza temporal de éste.
ASEGURAMIENTO.
Operación en la que una entidad financiera suscribe títulos valores de primera emisión para luego garantizar al emisor la colocación de dichos títulos en el mercado a cambio de una comisión.
ASK.
Precio de oferta de un valor.
AUDITORÍA.
Estudio financiero de la situación contable y patrimonial de una empresa con el fin de comprobar la veracidad de los datos emitidos de manera propia por esa empresa. Puede ser realizada de manera interna por la propia empresa o encargada a un auditor externo de manera independiente.
AUTOCARTERA.
Cartera formada por acciones de una sociedad en manos de la propia sociedad o de una sociedad filial a la misma. La autocartera en España no puede ser superior al 5 % de las acciones.
AUTOFINANCIACIÓN.
Forma de financiar las inversiones caracterizada por la utilización en exclusiva de los recursos internos de una sociedad, sin acudir al crédito o al préstamo de recursos ajenos.
AVALAR.
Acto por el que una persona física o jurídica se responsabiliza de la conducta, las deudas o el cumplimiento de una obligación de otra persona.
AVALISTA.
Persona que interviene como garante del préstamo y asume responsabilidades de pago en caso de que el pagador no haga frente a la deuda.
AVERSIÓN AL RIESGO.
Comportamiento de los inversores que tienen un bajo nivel de tolerancia a posibles pérdidas del capital invertido. Este tipo de inversor prefiere obtener rentabilidades más bajas con el fin de evitar posibles pérdidas del capital invertido.