Condiciones necesarias para solicitar la medida del nuevo Código de Buenas Prácticas para deudores hipotecarios en riesgo de vulnerabilidad (RD-LEY 19/2022):
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El deudor o los deudores deben ser personas físicas.
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El préstamo o crédito hipotecario debe estar garantizado con hipoteca inmobiliaria sobre la vivienda habitual del deudor o del hipotecante no deudor.
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El precio de adquisición del bien hipotecado no debe ser superior los 300.000€.
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La fecha de constitución del préstamo o crédito hipotecario debe ser anterior o igual al 31/12/2022.
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La cuota de la operación debe ser superior al 30% de los ingresos netos de la unidad familiar.
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En los últimos 4 años se ha sufrido una alteración significativa de circunstancias económicas (el esfuerzo de la carga hipotecaria sobre renta familiar se haya multiplicado por al menos 1,2), o sobrevenido circunstancias familiares de especial vulnerabilidad.
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En su caso, los ingresos brutos anuales de la unidad familiar no deben superar 4,5 veces el IPREM de 14 pagas ().
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En su caso, los ingresos brutos anuales de la unidad familiar no deben superar 5,5 veces el IPREM de 14 pagas ().
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En su caso, los ingresos brutos anuales de la unidad familiar no deben superar 6,5 veces el IPREM de 14 pagas ().
Lo sentimos, pero actualmente no cumple las condiciones para la solicitud del nuevo CBP para deudores hipotecarios en riesgo de vulnerabilidad. Por favor, para más información, diríjase a una oficina.
Cumples las condiciones para la solicitud del nuevo CBP para deudores hipotecarios en riesgo de vulnerabilidad.
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