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DAX.
Índice de la Bolsa de Frankfurt que recoge las 30 acciones más representativas que cotizan en ese mercado.
DAY TRADER.
Persona que invierte y desinvierte continuamente en acciones, típicamente por Internet.
DEALER.
Participante en el mercado que puede intermediar o tomar posición propia.
DÉFICIT.
Saldo que se produce cuando los pagos superan los ingresos. Se habla de déficit cuando al acabar un ejercicio se hace balance y el resultado es negativo.
DÉFICIT COMERCIAL.
Situación en la que los pagos internacionales que realiza un país son mayores que los ingresos que en oro y divisas percibe de otros países.
DÉFICIT PÚBLICO.
Diferencia negativa entre los ingresos y gastos de las administraciones públicas para un período concreto que, generalmente, suele ser de un año. También se le conoce como presupuestario
DEFLACIÓN.
Crecimiento negativo en el nivel de precios de una economía.
DELTA.
Variación del precio de una opción debida a una variación en el precio del subyacente.
DEMANDA.
Cantidad de bienes o servicios que los consumidores están dispuestos a adquirir dado un nivel determinado de precios.
DEMANDA ELÁSTICA.
Demanda muy sensible ante variaciones del precio del bien considerado.
DEMORA.
Tardanza en el cumplimiento de una obligación desde el momento en que esta es exigible. Puede dar lugar a responsabilidades civiles o al pago de intereses (intereses de demora).
DEPORT.
Diferencia entre la cotización al contado y a plazo de una divisa, cuando la cotización a plazo de la misma es menor que la cotización al contado.
DEPOSITARIO.
Persona o entidad a la que se le hace custodio de unos valores cobrando una comisión por dicha custodia y encargándose de todo lo referente a ellos: cobrar dividendos, avisar de ampliaciones, etc.
DEPÓSITO A LA VISTA.
Fondos depositados en una institución financiera que pueden ser retirados en cualquier momento.
DEPÓSITO A PLAZO.
Depósito mantenido en una institución bancaria por una persona o empresa y del que no puede disponerse hasta después de transcurrido un período de tiempo o bien después de notificar, con el preaviso fijado, la intención de retirarlo.
DEPÓSITO BOLSA.
Depósito cuya rentabilidad está ligada a la evolución futura de un determinado índice bursátil.
DEPRECIACIÓN.
Reducción del valor de una moneda como consecuencia de las fuerzas de mercado.
DERECHO DE SUSCRIPCIÓN.
Derecho que tiene un accionista de una sociedad a acudir con prioridad para comprar acciones nuevas en el caso de una ampliación de capital. Normalmente el derecho tiene un valor que corresponde a la pérdida de valor de la acción antigua.
DERECHO DE TANTEO.
Derecho para realizar algo con preferencia sobre otros.
DERIVADOS.
Instrumentos financieros (opciones y futuros) cuyo valor depende de otros títulos o activos subyacentes y cuyo objetivo es transferir el riesgo de estos últimos.
DESCONTADO POR EL MERCADO.
Valor bursátil de un valor que ante una circunstancia especial ya estaba estimada esa circunstancia por el inversor.
DESCONTAR.
Operación por la que se obtiene el valor actual de un activo en función de un valor futuro del dinero. Es la operación inversa a la capitalización.
DESCUBIERTO.
Utilización de fondos más allá de lo que permite el saldo acreedor existente, ampliando, de este modo, la dimensión del depósito previamente realizado. En bolsa se usa el término para indicar aquellas operaciones de compra o venta de títulos, que se realizan sin fondos para cubrirlas o sin los títulos en propiedad; se realiza a muy corto plazo basándose en la esperanza de acabar la operación con beneficios antes de que se exija su cumplimentación.
DESCUENTO DE DIVIDENDO.
Cotización de un acción una vez que ha pagado dividendo.
DESINTERMEDIACIÓN.
Proceso de exclusión de intermediarios financieros de los canales de distribución del ahorro.
DESREGULARIZACIÓN.
Eliminación de trabas legales con el fin de agilizar el proceso de actividad económica.
DESVIACIÓN ESTÁNDAR.
Raíz cuadrada de la varianza. Es utilizada para medir el riesgo de un activo.
DEUDA EXTERIOR.
Deuda de un país con residentes en el extranjero y que se paga en moneda extranjera.
DEUDA PÚBLICA.
Conjunto de títulos valores emitidos por el Estado, otros poderes públicos o sus organismos autónomos, como forma de captar recursos financieros. Como contraprestación paga un interés a los poseedores de dichos títulos.
DEVALUACIÓN.
Reducción, por decisión de la autoridad monetaria, del valor de la moneda propia respecto a las extranjeras. Es lo equivalente a una depreciación monetaria en un sistema de tipo de cambios fijo.
DEVENGO.
Momento en el que tiene lugar el nacimiento o adquisición del derecho a percibir una cierta cantidad de dinero, bien como retribución por razón de trabajo o servicio, bien por otras causas, tales como vencimiento de intereses, dividendos de acciones, etc.
DEVOLUCIÓN.
Acto por el cual un banco devuelve un documento (recibo, letra de cambio, factura, etc.) presentado al cobro o domiciliado en cuenta por falta de saldo suficiente para ser atendido.
DIFERENCIAL.
Diferencia existente entre el coste de los fondos tomados por una entidad financiera y a precio al que ésta los presta.
DILUCIÓN.
Término bursátil que indica la disminución del valor de las acciones mediante nuevas emisiones o por la conversión de obligaciones en acciones. Al haber más, aunque el beneficio de una sociedad sea el mismo, el beneficio por acción se reduce al igual que el dividendo, por lo que el valor de la acción disminuye.
DINERO.
Medio de pago admitido por un sistema económico. Puede ser monedas, billetes bancarios y otras formas diversas cuya característica principal es la de ser un instrumento de cambio y una medida de valor.
DINERO BARATO.
Criterio de política económica derivado del modelo keynesiano, según el cual el crecimiento económico se verá favorecido manteniendo un tipo de interés bajo.
DINERO EN CIRCULACIÓN.
Dinero activo en circulación o total monetario de un país.
DINERO LEGAL.
Dinero al que el Estado confiere poder liberatorio pleno o limitado (moneda fraccionaria). La moneda de pleno contenido, la moneda fraccionaria y los billetes de Banco constituyen, hoy, el dinero legal de un país.
DISPONIBILIDADES LÍQUIDAS.
Conjunto del dinero efectivo en manos del público y de los saldos de las cuentas corrientes, de ahorro y de plazo existentes en el sistema financiero de un país en un momento dado.
DISPONIBLE.
Diferencia entre el límite concedido y la cantidad dispuesta en un crédito.
DISPUESTO.
Suma que ha sido utilizada por el deudor en un crédito.
DIVERSIFICACIÓN.
Reducción del riesgo de una cartera mediante la adecuada combinación de activos.
DIVIDENDO.
Beneficio distribuido entre cada una de las acciones de la empresa.
DIVIDENDO A CUENTA.
Beneficio distribuido a cuenta de los resultados futuros de la empresa.
DIVISA.
Moneda internacionalmente aceptada entre dos países para materializar cobros y pagos.
DIVISA CONVERTIBLE.
Divisa que puede intercambiarse libremente por otra.
DIVISA EXÓTICA.
Divisa que no tiene un gran mercado internacional.
DIVISA FUERTE.
Divisa que mantiene cierta estabilidad cambiaria y que generalmente comprende a países de baja inflación.
DOW JONES.
Índice bursátil de la bolsa de Nueva York. Sus cálculos se verifican a partir de una muestra compuesta por los treinta mayores valores industriales, los blue chips.
DURACIÓN.
Medida de la sensibilidad de un activo a una variación de los tipos de interés. También se entiende como el tiempo necesario en recuperar la inversión realizada y su coste.