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Seguro de decesos

En los momentos difíciles lo importante es contar con ayuda y sentir que te han protegido.

El seguro de decesos Cajamar soluciona las gestiones y necesidades principales que puedan surgir cuando tú no estés.


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Tranquilidad para que te ocupes de lo que realmente importa.

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Un seguro que se adapta a las necesidades de cada persona.

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Tu familia protegida cuando más lo necesitan.

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Seguro de decesos

Seguro de decesos que cubre antes, durante y después del sepelio, resolviendo las principales gestiones que surgen tras la muerte de un ser querido.


Seguro de decesos

Estas son las coberturas de nuestro seguro de decesos.


Se señalan con asterisco * las garantías opcionales contratables por las modalidades de pago periódico.

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Consigue hasta el 30%* de bonificación el primer año, teniendo 8 o más pólizas contratadas (con al menos una de ellas nueva).
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Preguntas Frecuentes sobre Seguros de Decesos.

Salvo pacto en contrario, se establecen los siguientes plazos de carencia para cada una de las garantías:

  1. Para las garantías de sepelio, traslados y asistencia en viaje, servicios complementarios familiares, asistencia pedagógica y repatriación, se establece un plazo de carencia de 20 días desde la fecha de incorporación del asegurado en la póliza.
  2. Para la garantía de subsidio diario por hospitalización se establecen los siguientes de plazos de carencia, salvo pacto en contrario:
    • Tres meses desde la fecha de efecto de dicha garantía para el asegurado afectado, según lo establecido en las Condiciones Particulares, salvo prescripción médica.
    • En caso de embarazo y parto, con independencia de lo establecido en el párrafo anterior, el plazo de la carencia  será de ocho meses desde la fecha de alta de dicha garantía para el Asegurado afectado, según lo indicado en las Condiciones Particulares.
  3. Los plazos de carencia quedarán automáticamente derogados en caso de que el siniestro sea consecuencia de un accidente.
  4. Los plazos de carencia quedarán automáticamente establecidos en un año, en caso de que el siniestro sea consecuencia de un suicidio.

Sí, el límite establecido en las CCGG es hasta los 99 años.

Así es. Siempre que estés al corriente de pago de tu póliza, contarás con la tranquilidad de estar asegurado, y de no dejar cabos sueltos a tu familia.

  • Gestión y gastos de sepelio: Capital recomendado según localidad de residencia del asegurado, que se puede reducir un 10% y aumentar, contratando un Capital Adicional para Servicios Extraordinarios [hasta doblar el capital recomendado, con un máximo de 9.000€ en total (recomendado más adicional)].
  • Fallecimiento / invalidez por accidente (Nivelada y Mixta): Elección de capitales. 10.000€, 20.000€ ó 30.000€, para cada garantía.
  • Subsidio diario por hospitalización (Nivelada y Mixta): Elección del subsidio diario, 10€, 30€ ó 50€.

Los capitales pueden ser revalorizables al 3%, a elección del Tomador.

Sí, y además es lo más aconsejable. Las pólizas de decesos cuentan con la garantía de traslado, y dicha garantía aplica a la póliza independientemente del número de asegurados que en ella haya, lo cual resultará en una póliza más económica con el grupo familiar incluido.

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*Hasta 30% de bonificación sobre la prima neta de cada seguro, en función del número de seguros vinculados al Club y con un máximo de 1.200 euros por socio del Club/contrato. Para tener derecho a la bonificación, la prima neta de cada seguro ha de ser mayor o igual de 150€ anuales (excepto el seguro comercio y seguro de invernadero que tiene una prima neta mínima de 350€). La bonificación máxima del 30% se conseguirá teniendo 8 o más pólizas contratadas (al menos una de ellas nueva). Los porcentajes de bonificación económica serán los siguientes, Nº pólizas mayores prima mínima - % Bonificación : 2 pólizas – 3% bonificación, 3 pólizas – 5% bonificación, 4 pólizas – 8% bonificación, 5 pólizas – 11% bonificación, 6 ó 7 pólizas – 15% bonificación, 8 ó más pólizas 30% bonificación. En el Club de los Seguros también se podrán incluir aquellos seguros cuya prima neta anual no alcancen los 150 €/año. Si bien éstos no computarán a efectos de bonificación económica, sí que entrarían en el global a financiar en cómodas mensualidades sin coste. La bonificación en la cuenta corriente vinculada al Club se aplicará en el momento del ingreso de la póliza (con derecho a bonificación) al Club. Para obtener la bonificación la permanencia mínima será de 36 meses. Las pólizas de seguros susceptibles de entrar en el CLUB son las siguientes: Seguro Cajamar Hogar / Hogar Modular, Seguro Cajamar Vida (Familiar/Élite), Seguro Cajamar vida Financiación/Hipotecario, Seguro Cajamar Decesos anual renovable, Seguro Cajamar Accidentes (Modular, Flexible, On-line), Seguro Cajamar Caza y Pesca, Seguro Cajamar comercio / Comercio Modular, Seguro Auto, Seguro Cajamar ILT, Seguro Cajamar de Invernadero. Fiscalidad según legislación vigente. Consulta toda la información sobre el "Club Seguros" y las condiciones del contrato en oficinas de las entidades del Grupo Cooperativo Cajamar y en: www.grupocooperativocajamar.es. Financiación sin coste, sujeta a las condiciones y concesión de riesgos de la entidad.

(**)Ejemplo de cliente que unifica sus seguros: Seguro de Vehículo 560€/año, seguro de Hogar 225€/año y Seguro de Hogar 270€/año. TIN 0,00%. TAE 0,00% para un importe de 1.055,00€ un plazo de 12 meses, cuota mensual 87,92€, cuota final 87,88€ y con un importe total adeudado de 1.055,00€. Cuotas mensuales. Precio de adquisición al contado y precio total a plazos, ambos de 1.055,00€.

Seguros de Decesos comercializados por Cajamar Vida, S.A. de Seguros y Reaseguros. CIF. A-04465555, y resto de seguros que forman parte del club seguros por Cajamar Seguros Generales, S.A. de Seguros y Reaseguros. CIF.A-04653556, Generali España, S.A., de Seguros y Reaseguros, CIF-A28007268. Mediados a través de Cajamar Mediación, Operador de Banca-Seguros Vinculado, S.L.U., CIF B-04428223, Calle Ciudad Financiera, 1 04131 – Almería, inscrita en el Registro administrativo especial de mediadores de seguros, corredores de reaseguros y de sus altos cargos, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) con la clave de inscripción OV0014, con póliza de responsabilidad civil en vigor, conforme el art. 152, punto 1, letra G del Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes. Consultar las aseguradoras con las que el Operador de Banca-Seguros Vinculado mantiene contrato de agencia. Consulta el resumen de condiciones de El Club de los Seguros (PDF 760,46 KB.).